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viernes, 16 de junio de 2017

U14. P6


IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.

 Hola a todos,El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentado es un impuesto con el que muchos ciudadanos no están demasiado familiarizados, al no ser un impuesto que se paga habitualmente. sin embargo, cuando se paga , puede ser que a más de uno no se le olvide nunca más , ya que grava, entre otras cosas, la
transmisión de viviendas y vehículos entre particulares, por lo que si hablamos de valores elevados, la liquidación a pagar puede ser de cuantía significativa. Recordemos que en las operaciones de compraventa entre particulares no se paga el IVA , sino el impuesto sobre transmisiones patrimoniales.

Este tributo se naturaleza indirecta gravará:

a) la transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos , cualquiera que sea su naturaleza, que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero, cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España.

Las operaciones societarias realizadas por entidades en las que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

- Que tenga en España la sede de dirección efectiva, entendiéndose como tal el lugar donde esté centralizada de hecho la gestión administrativa y la dirección de los negocios.

- Que tenga en España su domicilio social, siempre que la sede de dirección efectiva no se encuentre situada en un Estado miembro de la Unión Europea.

- Que realicen en España operaciones de su tráfico, cuando su sede de dirección efectiva  y su domicilio social no se encuentren situados en un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Los actos jurídicos documentados que se formalicen en territorio nacional y por los que habiéndose formalizado en el extranjero surtan cualquier efecto, jurídico o económico, en España.

- En ningún caso, un mismo acto podrá ser liquidado por el concepto de transmisiones patrimoniales onerosas y por el de operaciones societarias.

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